jueves, 29 de mayo de 2014

Registro Nacional de Huella de Carbono, ¿Las empresas están preparadas para cumplir los requisitos de inscripción? RD163/2014, de 14 de marzo.

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Técnico Gestión de Biosólidos y Suelos Contaminados en Ferrovial Servicios España
Tras la publicación del Nuevo marco legal de Huella de Carbono, a través del Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, me han surgido varias dudas:

¿Las empresas están preparadas para cumplir los requisitos de inscripción? Y lo más importante, ¿Las empresas están preparadas para asumir la responsabilidad de los objetivos anuales de mejora continua de procesos y reducción de Huella de Carbono?

En relación a lo expuesto en el "artículo 10. Consideración de la Huella de Carbono en la contratación pública" de dicha Ley, donde especifica que el órgano de contratación "podrá" incluir entre las consideraciones de tipo medioambiental las relativas a Huella de carbono, y si el objetivo primordial de esta Ley es impulsar a la empresas a la realización del Cálculo de Huella de Carbono y su posterior reducción, ¿No parece contradictorio que la Ley no establezca este requisito de manera obligatoria para los concursos públicos del sector ambiental?



¿CUAL ES VUESTRA OPINIÓN AL RESPECTO?


Saludos,

Susana Prieto Veguillas

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